
La modificación de la ordenanza ya existente se ha basado en la reducción del límite de velocidad a 30 km / h, la actualización de las disposiciones sobre la circulación de bicicletas, la introducción de una regulación para los vehículos de movilidad personal ( VMP) y la revisión de las obligaciones del resto de conductores respecto de las bicicletas y VMP, entre otras cosas. Tarragona se suma así a una medida que ya aplican ciudades como Pontevedra, que se convierte en un referente. Y es que la ciudad gallega no registra ningún atropello mortal desde 2011. Tarragona, desde 2013, ha sumado 6 y 16 personas murieron por accidente.
El Ayuntamiento de Tarragona aprovechará esta limitación de velocidad para hacer una revisión de toda la regulación semafórica de la ciudad para que la circulación no sea tan interrumpida. "Progresivamente acompañaremos la nueva limitación de velocidad con una regulación de los semáforos que permita una conducción más continua y tranquila, con menos aceleradas y frenadas", apunta Xavier Puig.
Habrá 8 grandes paneles informativos y decenas de señales más pequeñas para indicar esta nueva limitación de velocidad, los cuales se instalarán a partir de este fin de semana.
¿Cuáles son los beneficios de las ciudades 30?
- A 30 km / h los accidentes es más improbable sufrir un accidente, porque podemos anticiparnos y reaccionar mejor a posibles situaciones de riesgo, ni tan graves para conductores y peatones. Los estudios demuestran que la reducción de 50 a 30km / h disminuye 5 veces las personas fallecidas en atropello.
- Aumento de la seguridad para los peatones también en las aceras, porque salvo excepciones no pueden circular ni bicis ni patinetes eléctricos.
- Estímulo del uso de bicis y patinetes eléctricos como medios limpios, eficientes y libres de la Covidien-19, vehículos que tendrán preferencia en calzada y una velocidad límite coherente con sus características.
- La situación del tráfico es más tranquila y permite una mayor conciliación con los peatones y con otros tipos de vehículos, como las bicicletas o los patinetes.
- Disminuye el nivel de ruido, también beneficioso para nuestra salud.
- Está comprobado que la reducción del tráfico rodado deriva en un descenso en picado de la contaminación en los núcleos urbanos y reduce en gran medida la emisión de gases nocivos.
- A 30 km / h los accidentes no son tan frecuentados, porque podemos anticiparnos y reaccionar mejor a posibles situaciones de riesgo, ni tan graves para conductores y peatones.
Normativa para peatones y velocidad reducida
- Las personas que vayan a pie en los espacios públicos deben ir por las aceras o paseos.
- Por las aceras, los peatones irán preferentemente por su derecha.
- Si no hay aceras, irán por el lado izquierdo (en el sentido de su marcha).
Los peatones deben atravesar las calzadas por los pasos señalizados. Cuando no exista, lo harán por los extremos de las islas, perpendicularmente a la calzada, en ambos casos con las precauciones necesarias. Pese haya espacios que permitan la coexistencia de diferentes tipos de desplazamientos, siempre tendrán preferencia los peatones.
¿Qué no deben hacer los peatones?
Los peatones no pueden caminar o ocupar los carriles bici. Si quieren atravesarlos, deben respetar la prioridad de los ciclistas, excepto en aquellas zonas destinadas a este fin.
Personas con movilidad reducida
- Las personas con movilidad reducida que circulen con silla de ruedas serán consideradas como un peatón más y tendrán prioridad sobre el resto de peatones.
- No podrán ir a más de 6 km / h por las aceras.
- Cuando se vean obligadas a circular por la calzada (por la existencia de barreras urbanísticas) lo harán:
- Al más a la derecha posible en su sentido de la marcha cuando la calle no sea de prioridad invertida (sin aceras o sólo con una de 0,90 m).
- Por la izquierda en las calles de doble sentido, para hacerse visibles a los conductores.
- En ambos casos, estarán obligadas a utilizar chalecos y prendas reflectantes en horas nocturnas o en condiciones climáticas de baja visibilidad.
Normativa para bicicletas
- En la ciudad, tanto las bicicletas como las bicicletas con pedaleo asistido (las eléctricas de menos de 250 W) son un vehículo más y deben respetar las normas y ser respetadas.
- Con carácter general, no se permite la circulación de bicicletas por las aceras.
- Pueden circular por la calzada, carriles bici, calles de convivencia, áreas peatonales y calles de prioridad invertida, cumpliendo la normativa, la señalización vial y con las medidas adecuadas de seguridad.
- El límite máximo de velocidad es de 25 km / h.
Circulación por el carril bici
- Cuando el carril bici esté situado en la acera: los peatones lo podrán cruzar, pero no podrán permanecer ni caminar. Los ciclistas respetarán siempre la preferencia de paso de los peatones que lo crucen.
- Cuando el carril bici esté situado en la calzada: los peatones tendrán que cruzar por los lugares debidamente señalizados y no lo podrán ocupar ni caminar. La velocidad máxima de las bicis y VMP será de 25 Km / h.
- Las bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos a motor.
Circulación por calles de prioridad invertida (una o ninguna acera)
- Las bicicletas podrán circular en ambos sentidos de la marcha, siempre que exista señalización específica al efecto y circulen a menos de 1,5 metros de las fachadas, extremando la atención respecto a las personas que se muevan por la zona.
- Deben respetar la preferencia de los peatones, personas con movilidad reducida y menores jugando.
Circulación para parques públicos
- Se debe respetar la señalización y la preferencia del resto de usuarios que lo utilicen. No se puede ir a más de 20 km / h.
- Se debe respetar el mobiliario urbano y no se puede circular sobre parterres ni zonas con vegetación.
Circulación por la calzada
- Los ciclistas deberán circular por la parte central del carril. Utilizarán el carril situado más a su derecha en el sentido de la marcha.
- Los menores de 12 años no podrán circular sin el acompañamiento de una persona mayor de edad.
- Cuando las bicicletas circulen en horas nocturnas, deberán ir equipadas con farol delantero y luz reflectante, y el usuario deberá vestir un chaleco o cualquier otra prenda reflectante que lo haga claramente visible y, en todo caso, de acuerdo con la normativa de seguridad vial en vigor en cada momento.
El uso del casco es obligatorio para menores de 16 años en las vías urbanas, y obligatorio en general en las interurbanas.
No pueden circular en bicicleta grupos superiores a 6 personas cuando las bicicletas provengan de arrendamiento (actividad con ánimo de lucro).
Normativa para vehículos de movilidad personal
- Pueden circular por la calzada, carriles bici, calles de convivencia y calles de prioridad invertida, cumpliendo la normativa, la señalización vial y con las medidas adecuadas de seguridad (sin afectación a los bienes y peatonal), pero no por las aceras.
- Excepcionalmente, podrán circular por espacios para peatones (no aceras) sin superar los 6 km / h y manteniendo una distancia de 1,5 m.
- No pueden transportar mercancías.
- La edad permitida para circular con un vehículo de movilidad personal es a partir de 16 años.
- Se recomienda el uso del casco en los VMP.
- Los VMP deben ir equipados con todos los elementos de seguridad y visibilidad.
- No podrán circular por las vías donde la velocidad máxima para los vehículos sea superior a 30 km / h.
- Sólo podrán estacionar en los espacios destinados también a bicicletas.
Patines, patinetes y monopatines
- Está totalmente prohibida su circulación por la calzada.
- Los menores de 15 años acompañados de un adulto podrán circular por las aceras y paseos cuando la afluencia de peatones lo permita y adecuando la velocidad.
- Se recomienda el uso del casco en menores de 15 años, bajo la responsabilidad de los progenitores y tutores legales del menor.
Las bicicletas y los patines deben aparcar siempre en aparcamiento de bicicleta. "Si no hay una batería de aparcamientos de bicicleta en menos de 100 metros, entonces se permite aparcar en elementos de mobiliario urbano siempre que no se impida el tránsito y el acceso de las personas por las aceras, los edificios, los coches aparcados o al transporte público ", explica el consejero de Movilidad, que añade:" Recordemos que queda expresamente prohibido ligar bicis o patines en los árboles. Los patinetes de alquiler sólo pueden aparcar en los aparcamientos bici ". En definitiva, las aceras son para los peatones (fuera bicicletas y patines o, en todo caso, deben circular a una velocidad máxima de 6 km / h en los casos que convivan con peatones, las calzadas por las bicicletas y patines (30km / hy prioridad de los VMP). Estamos haciendo realidad una ciudad para las personas ", concluye Xavier Puig.
Más información en: www.tarragona.cat/mobilitat/mobilitat-sostenible/ciutat30
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Fuente: Ayuntamiento de Tarragona